A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Polanco Martinez Juvenal·Demandado Empresa De Servicios Publicos Municipal Del Banco Magdalena
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco y el Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta, suscitado por una demanda iniciada por un ciudadano, en contra de la Empresa de Servicios Públicos Municipal de El Banco, Magdalena, con el fin de que se declare la existencia de un contrato realidad, que fue despedido injustamente y que, por consiguiente, se reintegre y se reconozcan y paguen las acreencias laborales dejadas de percibir.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena señala el precedente del Auto 492/21, en el que se llegó a la conclusión de que la competencia judicial para conocer de las demandas que se presenten en contra de las entidades públicas, con el fin de obtener la declaración de un contrato realidad presuntamente encubierto en la suscripción sucesiva de contratos de prestación de servicios, como parece ser la pretensión del demandante en este caso, que va encaminada a que se reconozca que a través de contratos de prestación de servicios con una entidad pública se encubrió una relación laboral, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Ello por cuanto se cuestiona la legalidad de los contratos de prestación de servicios celebrados con una entidad pública y es esa jurisdicción, la avalada para revisar un contrato estatal y determinar si se celebró y ejecutó realmente un vínculo de tal naturaleza o un contrato laboral, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1 y en el numeral 2 del artículo 104 del CPACA.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco y el Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por Juvenal Polanco Martínez contra la Empresa de Servicios Públicos Municipal de El Banco.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6165 al Juzgado 003 Administrativo de Santa Marta para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.